SI TIENES UNA PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PARA TU CENTRO DE BUCEO,
* En nuestras pólizas de R.C 'Opción A y B', estas garantías están incluidas sin suplemento adicional *
Cuidado con el Límite Agregado Anual
¿Sabes lo que es?
El Límite Agregado Anual es el capital máximo que la Compañía pagará por los siniestros de todos los Centros de su grupo o zona geográfica concreta.
Significa que esta cantidad máxima se comparte entre diversos centros de la compañía y, en caso de consumirse por siniestros y reclamaciones de otros centros, tu propio centro se quedaría sin capital disponible para cubrir una eventual reclamación hacia tu empresa.
En nuestras pólizas de RC para Centros de Buceo no se aplica límite colectivo anual, si no que cada Centro cuenta con el límite establecido en su póliza individual independientemente de los siniestros y reclamaciones de otros centros de nuestro grupo.
¿TIENES DUDAS?
Te ayudamos a entender las Condiciones Generales. Contáctanos
Nuestros seguros de Responsabilidad Civil para Centros de Buceo están desarrollados con Aseguradoras con Sede Física en España, y amparan a todos los Instructores y Divemasters de cualquier organización reconocida, así como al resto de Empleados y Colaboradores.
Sin duda, las mejores Opciones del mercado son:
Por Empleado se entiende, mientras actúe bajo la dependencia, instrucciones o supervisión del Asegurado: a) Cualquier persona que haya firmado un contrato de servicio o prácticas con el asegurado y trabaje según dicho contrato. b) Cualesquiera directores y/o ejecutivos del asegurado. c) Cualquier distribuidor y/o persona ofrecida por dicho distribuidor. d) Cualquier persona empleado por un contratista. e) Cualquier autónomo. f) Cualquier voluntario. g) Cualquier persona contratada por o para el asegurado. h) Cualquier conductor u operador de planta contratado por el asegurado. i) Cualquier persona que se encuentre dentro de una experiencia laboral o programa de formación juvenil mientras esté trabajando para el asegurado en relación con la actividad.
Seguros especialmente desarrollados para cubrir la actividad de los centros y escuelas de buceo suministrando servicios de submarinismo recreativo e incluyendo la organización, supervisión, consejo o instrucción en la práctica del buceo con tubo (snorkel) y/o buceo recreativo, y demás actividades realizadas por el centro. Alquiler de equipos de buceo. Carga de botellas e inspección visual de las botellas propiedad del asegurado. Es requisito que todas las botellas cumplan con las inspecciones previstas en Ley.